“El turismo de aventura es una actividad realizada por los turistas para explorar nuevas experiencias en espacios naturales o escenarios al aire libre, que implica un cierto grado de riesgo, así como de destreza y esfuerzo físico.” – Mincetur (2016)
El turismo de aventura tiene como característica aprovechar los recursos que ofrece la naturaleza, por ello las personas buscan una oportunidad para envolverse en la exploración o viajes con un riesgo latente donde inevitablemente será necesario hacer uso de habilidades tanto físicas como psicológicas. Este tipo de turismo es un paraguas enorme que abarca una cantidad igualmente grande de actividades que pueden realizarse en tierra, aire y agua, los turistas o excursionistas se desplazan a otros lugares y pagan un dinero para experimentar emociones y sensaciones que les parecen un reto, siendo tipificado como un turismo activo debido al involucramiento y participación con un nivel dado (que debe ser informado previamente) y que supone el despliegue de las habilidades físicas y sicológicas.
En el Perú, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo en su condición de organismo rector del sector Turismo y en cumplimiento de sus funciones ha considerado necesaria la elaboración de un Reglamento de Seguridad para la Prestación del Servicio de Turismo de Aventura, a fin de establecer las disposiciones administrativas para la seguridad en la prestación de dicho servicio a través de las Agencias de Viajes y Turismo que deben contar con el Certificado de Autorización otorgado por el Órgano Competente. Para obtenerlo se precisan los siguientes puntos:
- Constancia de presentación de Declaración Jurada de cumplimiento de requisitos mínimos.
- Relación de la o las modalidades de turismo de aventura que pretende prestar; así como los lugares donde se desarrollarán.
- Relación de equipos para cada modalidad de turismo de aventura que pretende ofrecer. Cada equipo deberá contar con un código de identificación asignado por la Agencia de Viajes y Turismo.
- Relación del contenido del equipo de primeros auxilios, de acuerdo con las especificaciones aprobadas por el Viceministerio de Turismo.
- Declaración Jurada, de acuerdo con el Formato aprobado por el Viceministerio de Turismo mediante el cual se compromete a prestar el servicio con personal especializado.
- Programa de Manejo de Riesgos y Atención de Emergencias.
- Programa de Mantenimiento de Equipos.
- Manual Interno de Operación.
Para el desarrollo de productos y experiencias turísticas, debe tomarse en cuenta las etapas generales: análisis del destino y el entorno, conceptualización de la experiencia, validación de la experiencia y la evaluación de esta. Además, es importante la georreferenciación de los ámbitos de turismo de aventura por las siguientes razones: Ubicar un lugar donde se desarrolla la actividad de aventura y que varía según la modalidad, realizar mapas de ubicación, realizar los manuales de operación para la gestión y seguridad y la autorización del lugar, así como la modalidad en la región.
Cabe indicar que, mediante la RM N° 197-2021-MINCETUR se aprobaron 22 modalidades del turismo de aventura: Alta Delta, Barranquismo, Buceo, Cabalgata, Canopy/Zipline, Ciclismo, Columpio extremo, Esquí, Escalada, Escalada en árboles, Espeleología o Exploración de cuevas, Kayak, Kite Surf, Parapente, Puente tibetano, Puentismo, Rápel, Sandboard, Stand up paddle, Tabla a vela, Vía ferrata y Zipline bike.
No olvidemos, que el turismo de aventura es un importante generador de empleo y divisas, más ahora, que ante el COVID-19 es necesario promover las actividades al aire libre, siempre con la implementación de las medidas de seguridad.