El sustantivo censura viene del verbo censurar que según la RAE significa “Formar juicio de una obra u otra cosa”, “Corregir o reprobar algo o a alguien”, “Murmurar de algo o de alguien, vituperarlos”, “Dicho del censor oficial o de otra clase: Ejercer su función imponiendo supresiones o cambios en algo”. Con la censura se busca cambiar, limitar, recortar o evitar la manifestación de determinadas ideas y acciones consideradas equivocadas, falsas, antisociales, irreverentes, inmorales, perjudiciales, malévolas, sediciosas, etc. por parte de una autoridad familiar, social, educativa, política o religiosa.
Por su lado, el derecho a la libertad de expresión está protegido por la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948, cuyo artículo 19 dice: “Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión”.
En la vida cotidiana la censura, como juicio, corrección o hablar mal de alguien o algo, la practican con relativa frecuencia las parejas, los amigos, los colegas y los políticos entre sí, los padres con sus hijos, los jefes con sus colaboradores, los entrenadores y maestros con sus discípulos, los gobernantes con los ciudadanos, etc. y viceversa, sobre sus palabras, acciones o cosas, o las de terceros.
En la historia podemos encontrar ejemplos notables de censura con finalidad de la salvaguarda de la moral, la protección de los niños ante contenidos dañinos, el orden social y las buenas costumbres de una sociedad, y la seguridad nacional en un espacio y un tiempo determinados, por parte del Estado y la religión organizada, contra obras científicas, filosóficas, literarias, pictóricas o artísticas sean eróticas –consideradas por sus detractores como obscenas o pornográficas, con contenido hetero u homosexual– o críticas, paródicas o burlescas de la fe o la conducta religiosa –juzgadas como afrentas, insultos, herejías y apostasías por los creyentes–, o que cuestionen y/o expongan las negligencias, los abusos y/o los crímenes de las autoridades, a través de huelgas, marchas y denuncias en los medios y las redes sociales –catalogadas como, desviaciones, divisionismos, actos subversivos, difamaciones e incluso locuras–.
Hay casos muy conocidos de censura que acabaron en la persecución, el destierro, el encarcelamiento (Galileo Galilei) e incluso la muerte (Giordano Bruno) de los transgresores, pensadores y científicos sentenciados como herejes por el Tribunal de la Santa Inquisición católica en Europa y América, disidentes (León Trotski) perseguidos como traidores o internados como enfermos mentales por los estados socialistas y, periodistas y opositores políticos acusados de difamadores y subversivos por las dictaduras de toda laya alrededor del mundo (Rafael Trujillo en República Dominicana, Ferdinand Marcos en Filipinas, Daniel Noriega en Nicaragua, etc.).
En el Perú hay diversos casos de censura como el del dominico Francisco de la Cruz, dos veces rector de la Universidad de San Marcos, que acabó muerto en la hoguera por la Inquisición local por herejía en 1578; la quema de libros “peligrosos” (comunistas) durante el primer gobierno de Belaúnde Terry en 1967; la exposición de la escultura Cristina Planas en la sala de arte de la Municipalidad de Miraflores en Lima, catalogada por vecinos como sacrílega por “agraviar” a Jesucristo y los Santos (Rosa de Lima, Martín de Porres, Juan Bautista Sebastián, etc.) al mostrarlos desnudos y “en posiciones grotescas” en octubre de 2012, eso le costó el puesto al director de esa galería aunque no se suprimió la muestra; y recientemente se canceló el estreno para enero de la obra de teatro María Maricón, cuyo afiche presentaba, según el arzobispo de Lima, cardenal Carlos Castillo, una imagen distorsionada y ofensiva del rostro de la Virgen (que era el de un homosexual declarado, su autor y protagonista) a la vez que la funcionaria del Ministerio de Cultura que emitió una resolución, que declaraba la obra “como espectáculo cultural no deportivo”, presentó su carta de renuncia. Se anunció que la obra se estrenará en marzo.
Entonces, ¿qué debe primar, el respeto al pudor, la decencia, el orden y la fe de la moral mayoritaria, la obediencia irrestricta de la ley y la autoridad y así se debe aplicar la censura o, peor, sanciones administrativas e incluso legales como una ley contra la blasfemia o contra toda clase de protestas catalogadas de criminales? ¿O debemos defender irrestrictamente la total libertad de expresión incluyendo los discursos violentistas, la difusión de la pornografía, la herejía y la burla hacia los símbolos o personajes religiosos, las autoridades y también de rebelión contra ellas cuando lo ameriten?
En consecuencia, surgen estos dilemas para evitar conflictos y hasta derramamientos de sangre innecesarios, ¿deberán los posibles transgresores, iconoclastas o librepensadores autocensurarse, es decir, limitar ellos mismos la expresión de sus ideas y acciones? ¿O los creyentes deberán soportar estoicamente que se irrespete a los personajes y símbolos que consideran sagrados, así como las personalidades públicas deberán hacer caso omiso a los insultos y burlas contra ellos, en nombre de la libertad de expresión, pensamiento y creencia?